Defensa Criminal

INTRUSION

ABOGADOS PARA CASOS DE INTRUSIÓN DELICTIVA EN PHOENIX, AZ

Nuestro bufete de abogados maneja todo tipo de cargos por intrusión delictiva en Arizona. Luchamos para ganar.

El delito de intrusión delictiva puede ser complicado y confuso. La intrusión delictiva puede ser considerada como delito menor o como delito grave en Arizona. Hay una gran diferencia entre esos dos tipos de cargos. Si no sabe con certeza cuál es la acusación que se le hace, llámenos. Podemos ayudar a explicarle cómo la fiscalía lo ha acusado y describir qué opciones tiene.

En general, la intrusión delictiva en Arizona se considera como delito menor a menos que la propiedad invadida sea una casa, una iglesia o una instalación crítica de servicios públicos. La intrusión delictiva en una residencia es un delito grave de clase 6. La intrusión delictiva es considerada más comúnmente como delito menor cuando el propietario de un negocio le pide al cliente que se vaya.

Al parecer, algunas agencias policiales tienen muy poca tolerancia para cualquiera que no abandone inmediatamente el establecimiento. Incluso un retraso de unos segundos puede derivar en cargos criminales. Una situación así podría considerarse como delito menor de clase 1 por “permanencia ilegal”.

Hay soluciones disponibles para usted si se le acusa de intrusión delictiva en Arizona. Si se le acusa de un delito grave, tenga en cuenta que los fiscales tienen el poder de hacer una oferta de culpabilidad, por la cual el acusado se declara culpable a cambio de que la acusación pase a ser considerada un delito menor. Si se le acusa de un delito menor, puede haber formas de evitar una condena y un registro criminal. Obviamente, cada caso es diferente, por lo que no dude en contactar a nuestros abogados defensores penales para obtener más información. Consulta gratuita. 602-989-5000.

EN ARIZONA, EL DELITO DE INTRUSIÓN DELICTIVA SE ENCUENTRA DESCRITO EN EL ESTATUTO ARS 13-1504.  LAS SIGUIENTES ACCIONES SON CONSIDERADAS COMO DELITOS GRAVES DE CLASE 6 – PUNIBLES CON HASTA DOS AÑOS DE PRISIÓN:

  1. Entrar o permanecer ilegalmente en una estructura residencial. (Una casa)
  2. Entrar ilegalmente en un edificio y dañar la propiedad religiosa de otra persona.
  3. Entrar o permanecer ilegalmente en o en una instalación crítica de servicios públicos. (Un hospital, estación de bomberos o policía, etc.)

EN ARIZONA, EL DELITO DE INTRUSIÓN DELICTIVA SE ENCUENTRA DESCRITO EN EL ESTATUTO ARS 13-1504. LAS SIGUIENTES ACCIONES SON CONSIDERADAS COMO DELITOS MENORES DE CLASE 1 – PUNIBLES CON HASTA 6 MESES DE CÁRCEL:

  1. Entrar ilegalmente en un patio residencial cercado.
  2. Entrar en un patio residencial y mirar hacia dentro de la estructura residencial sin tener en cuenta el derecho a la privacidad de la persona.
  3. Ingresar a una propiedad privada sin permiso para explorar un yacimiento minero (actividad minera).

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